Expediente No. 1554-2016, 1619-2016 y 1621-2016

Sentencia de Casación del 28/06/2018

“…En cuanto a la extensión e intensidad del daño causado, entendida esta circunstancia como aquellas acciones que han causado un daño mayor del que contempla el bien jurídico tutelado, en el caso concreto, la acción ilícita realizada de provocarle desfiguración y fractura de la cabeza, así como fracturar el cráneo (…) y múltiples heridas en la espalda, cuando la víctima se encontraba en estado de ebriedad, por ende, imposibilitado para defenderse, demostró a criterio del Tribunal un daño de mucha relevancia, extendiéndola a su máxima expresión de violencia, aspecto que sobrepasa el daño contemplado en el tipo penal aplicado [asesinato]; con relación a la circunstancia agravante de nocturnidad y despoblado, el Tribunal señaló que la perpetración del ataque se consumó en un lugar solitario y en horas de la noche, el Tribunal de Sentencia acreditó que el lugar donde ocurrió el hecho, se trataba de un lugar solitario y el hecho ocurrió en horas de la noche; en cuanto al abuso de superioridad por parte de los acusados, el sentenciante indicó que al estar desarmado el agraviado y en el estado de ebriedad en el que se encontraba, no podía responder al ataque, quedando demostrado a criterio del Tribunal, una mayor debilidad del ofendido, lo que denotó el aprovechamiento de dicha condición que configuró el abuso de superioridad, situaciones que suponen una mayor gravedad del injusto y concretamente, el desvalor del resultado, que no permiten imponer la pena mínima solicitada…”